La constructora Capdevila buscó que se le pague más por el Estadio

LA CORTE LE RECHAZÓ EL PLANTEO

La firma presentó un recurso de amparo por mora por una redeterminación definitiva de precios en el 2011.

La Corte de Justicia rechazó un planteo de acción de amparo por mora de la Administración en contra de la Provincia realizado por la empresa que construyó el Estadio Bicentenario. A través de la acción judicial, la firma Capdevila Construcciones solicitaba el pago en la “redeterminación definitiva de precios correspondientes al Adicional Nº1 de la Obra ‘Estadio Ciudad de Catamarca’”.

El fallo de la Justicia en contra de la empresa data de octubre del año pasado. De acuerdo al mismo, la redeterminación fue iniciada el 26 de agosto de 2011. En marzo del 2013 Contaduría General de la Provincia emitió un informe mediante el cual se realizó una serie de observaciones al trámite y remitió el expediente a la dirección Provincial de Administración del ministerio de Obras Públicas.

En julio de ese año, según la presentación de la empresa, se impulsó el trámite instando el pago y afirmó que, desde esa fecha “el expediente quedó en la secretaría de Estado de Obras Públicas resultando infructuosas todas las gestiones realizadas”.
Tras sendas notas al ministerio de Obras Públicas reclamando la redeterminación, el 7 de noviembre del 2016 la empresa presentó el amparo por mora.

En este marco, la Justicia solicitó un informe a la cartera del Ejecutivo mencionada. La respuesta fue tajante: “La actora deja pasar tres años sin cumplir las observaciones ni instar la resolución por lo que no existe mora imputable a la Administración”. Incluso, cuatro años después (mayo de 2016), “la empresa plantea pronto despacho sin subsanar las observaciones vertidas por el organismo de control”.
El fallo en cuestión tuvo votaciones divididas. Tras el análisis de la materia, los ministros Raúl Cippitelli, Vilma Molina y Miguel Figueroa Vicario rechazaron la acción de amparo por mora mientras que para José Cáceres y Amelia Sesto de Leiva se debía hacer lugar al planteo de la Empresa Capdevilla SA.
De esta forma, por mayoría de votos la Corte rechazó la acción de amparo iniciada por la firma en contra del Estado provincial y estableció “costas a la parte actora que resulta vencida”.

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